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Tribunal del Biobio
ARROYO MARTÍNEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCIÓN
Fecha: 24-08-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Reclamación de Fernando Arroyo Martínez contra liquidación de Impuesto Global Complementario por $82.430.331 del año 2014, cuestionando la presunción de retiro de rentas por inmueble arrendado a la sociedad Ferpa Limitada.
Fernando Arroyo Martínez, empresario, constituyó en abril de 2013 la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Ferpa Limitada con su hermana, aportando cada uno el 50% de propiedades que poseían. Arrendó una porción de 2.500 m² del inmueble rol 5310-15 de Talcahuano a la sociedad por $1.000.000 mensuales como gasto necesario para producir renta, usándose como bodega y taller mecánico. El Servicio de Impuestos Internos liquidó por concepto de retiro presunto de rentas la cantidad de $82.430.331 mediante liquidación n.° 408206000009 de mayo de 2017, por impuesto adeudado al 30 de abril de 2014.
El tribunal examina si concurren presupuestos de prescripción de facultades fiscalizadoras, la validez de la liquidación, y la aplicabilidad del artículo 132 inciso 12° del Código Tributario respecto a inadmisibilidad probatoria. Se cuestiona si el inmueble arrendado constituye gasto necesario para producir renta o retiro presunto conforme artículo 21 de la LIR. El Servicio sostiene que la carga de prueba recae en el contribuyente conforme artículo 21 del Código Tributario, argumentando además que el reclamante no acompañó documentación requerida en la citación n.° 144508885 de noviembre 2016.
Fallo pendiente de completar en el texto proporcionado. El tribunal recibió la causa a prueba fijando hechos substanciales controvertidos respecto a prescripción, efectos de la liquidación y presunción de retiro de rentas, habiendo rendido ambas partes prueba documental, testimonial e inspeccionado el tribunal personalmente el inmueble.
Artículos citados:
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