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Tribunal R. Metropolitana. Primero
INMOBILIARIA LOS TENISTAS LIMITADA con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL
Fecha: 24-09-2018 · Materia: Resolución · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Se acoging reclamo de Inmobiliaria Los Tenistas contra denegación de devolución de $5.769.381 por falta de fundamentación de la Resolución del SII, declarándola nula por incumplimiento de requisitos de debida motivación.
Inmobiliaria Los Tenistas Limitada, sociedad de inversiones, presentó Declaración Anual de Impuesto a la Renta 2015 (Formulario 22) con pérdida tributaria de $196.371.141. Solicitó devolución de $7.574.142 (PPUA y PPM), obteniendo devolución parcial de $1.804.761 el 29 de mayo de 2015. El SII mediante notificación N°150101013 del 1 de julio 2015 requirió documentación, comparecencia fijada para 24 de julio 2015. Mediante Resolución Exenta N°113000000120 notificada el 29 de diciembre 2015, se denegó devolución de $5.769.381 argumentando que el contribuyente no aportó antecedentes requeridos.
El tribunal analiza los vicios de la Resolución impugnada. Establece que la Resolución adolece de falta de fundamentación conforme a los artículos 11 y 41 de la Ley N°19.880, pues no especifica cuáles documentos particulares faltaron, utilizando fórmula genérica. Valora prueba testimonial que acredita comparecencia del contribuyente el 24 de julio 2015 (timbre del requerimiento), siendo plausible que aportó documentos. Concluye que el fundamento de negación es ambiguo, indeterminado, insuficiente, poco claro y falaz. Declara que la Resolución incurre en Nulidad de Derecho Público por falta de
Acoge reclamo. Deja sin efecto íntegramente la Resolución Exenta N°113000000120. Condena en costas al reclamado por haber sido totalmente vencido.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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