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Tribunal del Maule
SOC COMERCIALIZADORA Y RECUPERADORA DE EXCEDENTES INDUSTRIALES SP con SII-DIRECCIÓN REGIONAL TALCA
Fecha: 17-08-2012 · Materia: Resolución
ACOGE Confirmatorio Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación tributaria y anula resoluciones del SII que denegaban devolución de IVA exportador por falta de razones plausibles, ordenando restitución de fondos.
Sociedad Comercializadora y Recuperadora de Excedentes Industriales SPA, dedicada a comercialización de metales no ferrosos, presentó dos solicitudes de devolución de IVA exportador mediante formularios 3600 para septiembre y octubre de 2011, por montos de $218.259.949 y $278.543.364 respectivamente. El SII sometió las solicitudes a Fiscalización Especial Previa y emitió Resoluciones Exentas Nos. 7568 y 7570 del 25.11.2011, denegando totalmente las devoluciones con el único fundamento de encontrarse los créditos "en revisión". La empresa reclamó argumentando que no existían razones plausibles
El Tribunal analiza que el inciso tercero del artículo 5 del DS N° 348/1975 faculta al SII a denegar devoluciones solo si existen "razones plausibles". Determina que "razón plausible" debe ser argumentación meritoria, admisible y aceptable emanada del proceso de revisión, no que la revisión misma sea la razón. Las resoluciones reclamadas carecen de fundamentación válida al alegar únicamente que los créditos están en revisión. Además, comprueba que las actuaciones administrativas del SII se realizaron antes de notificar las resoluciones (8 al 11 de noviembre), incumpliendo el plazo de 25 días h
Acoge la reclamación tributaria, anula las Resoluciones Exentas Nos. 7568 y 7570 de fecha 25.11.2011, ordena al SII comunicar administrativamente al Servicio de Tesorería Regional para proceder a las devoluciones de IVA exportador solicitadas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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