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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
QUINTEC CHILE S.A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 20-12-2018 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Quintec Chile S.A. contra resolución del SII que deniega devolución de PPUA y PPM por $105.568.616 en AT 2011, confirmando la Resolución N° 11.438 de 2014.
Quintec Aplicaciones de Negocios S.A. fue absorbida por Quintec Chile S.A. mediante fusión imperfecta en junio de 2010. La sociedad absorbida solicitó devolución de Pagos Provisionales Únicos Anuales (PPUA) y Pagos Provisionales Mensuales (PPM) por $96.425.534 mediante Formulario 3239. El SII rechazó la solicitud por diferencias en la fecha de cierre del balance de término. Posteriormente, la reclamante presentó petición administrativa mediante Formulario 2117 solicitando devolución por $105.568.616 conforme al artículo 126 del Código Tributario. El SII denegó la petición mediante Resolución N
El Tribunal analizó si la Resolución N° 11.438 incurre en error al señalar que procedían recursos de reposición y revisión extraordinaria según Ley 19.880. Concluyó que siendo una resolución que deniega devolución de impuestos, es reclamable conforme a artículos 124 y 126 del Código Tributario, no a la Ley 19.880. Sin embargo, aplicando el artículo 13 de la Ley 19.880 sobre vicios de procedimiento, determinó que aunque existe error en la indicación de recursos, no se verifican todos los presupuestos copulativos para invalidar el acto: el error no afectó la esencia de la resolución ni produjo p
Se rechaza el reclamo presentado el 10.04.2015. Se confirma la Resolución N° 11.438 de 22.12.2014. Se condena al reclamante en costas personales de $500.000 por no tener motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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