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Tribunal de Aysen
Oyarzún Peréz con SII - XI Dirección Regional Coyhaique
Fecha: 02-01-2019 · Materia: Resolución · Juez: Roberto Esteban Aguirre Lagos
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de adulto mayor por rebaja en Impuesto Territorial porque cumplió 65 años en 2017, no en 2016 como exige la ley para acceder al beneficio.
Richard Oyarzún Pérez, pensionado de 65 años, reclamó contra Resolución Exenta N° 149 del SII que le negó la rebaja en Impuesto Territorial conforme a Ley N° 20.732. El contribuyente cumplió 65 años el 1 de noviembre de 2017 y poseía propiedad en Puerto Aysén con avalúo trimestral de $149.932. Alegó tener derecho al beneficio para adultos mayores. El SII rechazó su solicitud señalando incumplimiento de requisitos de edad y destino habitacional del inmueble.
El tribunal verificó que el requisito de edad exigido por la Ley N° 20.732 requiere tener 65 años cumplidos el año anterior al año en que se hace efectiva la rebaja. Como el reclamante solicitó rebaja para cuotas tercera y cuarta de 2017 y primera y segunda de 2018, debió tener 65 años cumplidos al 31 de diciembre de 2016. Al haber cumplido los 65 años durante 2017, no satisface el requisito. Además, el SII señaló incumplimiento del requisito del destino habitacional del inmueble, aspecto que el reclamante no controvertió.
Se rechaza la reclamación de Richard Oyarzún Pérez. No se condena en costas al reclamante por haber tenido motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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