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Tribunal de la Araucanía
CONST. FORESTAL TRANS. ROXANA VESTER ORTEGA EIRL. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 03-04-2019 · Materia: Liquidación
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones de renta de 2015-2016, rebajando porcentajes de rentabilidad tasados por SII al excluir contribuyentes con giros disímiles, incumliéndose requisito legal de "mismo ramo".
Constructora Forestal Transportes y Arriendo de Maquinarias Roxana Vester Ortega EIRL reclamó liquidaciones 808 y 809 emitidas por SII el 12 de julio 2017, por diferencias de impuesto único primera categoría años 2015 y 2016 con tasas 44% y 63% respectivamente. La reclamante sostuvo que tales porcentajes de rentabilidad eran excesivos para su actividad de licitaciones de obras menores, siendo contradictorios con sus márgenes reales de 14.91%-15%. El SII fundamentó la tasación en que la contribuyente no presentó antecedentes contables suficientes durante la fiscalización, aplicando el artículo
El Tribunal verificó que en la tasación del año 2015 (44%), el SII incluyó a Inmobiliaria J.A. Rodríguez SpA con 90% de rentabilidad, cuya actividad principal era arrendamiento de bienes inmuebles y no arriendo de maquinarias como la reclamante; para 2016 (63%), incluyó a Liquidadora Excedentes El Cardal con 78%, cuya actividad principal era compraventa de excedentes industriales. El Tribunal concluyó que el artículo 35 LIR exige expresamente que los contribuyentes comparables "giren en el mismo ramo", requiriendo identidad absoluta de actividad. La inclusión de contribuyentes con giros y rent
Se acoge parcialmente el reclamo. Se modifican liquidaciones 808 y 809 estableciendo nueva rentabilidad 21.5% para 2015 con base imponible $54.869.195 y 55% para 2016 con base imponible $14.234.199, sobre las cuales SII deberá recalcular impuesto único primera categoría. No se condena en costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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