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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
PINOCHET HIRIART con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 29-05-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
ACOGE
Reclamación tributaria contra liquidación de Impuesto a Herencias por $100.080.823 de 2006. Se rechaza por prescripción, comiso de bienes, beneficio de inventario y falta de hecho gravado.
Inés Lucía Pinochet Hiriart, educadora, reclama Liquidación N° 36(R) de 09.03.15 que le liquida Impuesto a Herencias del año 2006 por $100.080.823 más intereses y multa. La liquidación emana de la XV D.R.M. Santiago Oriente del SII. La reclamante sostiene que fue heredera con beneficio de inventario de Augusto Pinochet Ugarte fallecido en 2006. Señala que diversos bienes fueron embargados y posteriormente decomisados por sentencia de 07.05.15. Afirma imposibilidad de solicitar posesión efectiva por embargo y por tardanza del Fisco en requerir aceptación de herencia. Sostiene que siete heredero
El tribunal analiza que la reclamante fue heredera con beneficio de inventario (09.10.09), lo que limita responsabilidad a bienes hereditarios. Constata que bienes fueron decomisados por sentencia penal de 07.05.15, conforme sentencias de Corte Suprema de 07.01.15, 22.06.15 y 24.08.18. Establece que al momento de la liquidación (09.03.15) existían herederos aún deliberando sobre aceptar o repudiar la herencia, sin plazo expirado. Advierte que la reclamante fue impedida de obtener posesión efectiva por embargo y que el Fisco requirió aceptación/repudiación ocho años después del fallecimiento. D
Se acoge el reclamo principal. Se deja sin efecto la Liquidación N° 36(R) de 09.03.15 del Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones. Se rechaza la acción de prescripción por incompetencia del tribunal.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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