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Tribunal R. Metropolitana. Primero
VALLADARES BUGUENO con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL
Fecha: 30-05-2019 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra infracción por no emisión de boletas de honorarios, determinando que el SII no acreditó suficientemente los elementos constitutivos del tipo infraccional.
Germán Valladares Bugueño, abogado, fue denunciado por Ema Gilda Baeza Rumiano ante el SII por no emitir boleta de honorarios por $1.200.000 por servicios jurídicos prestados en causa civil. El reclamante alegó haber extraviado su talonario en 2015 y haber recibido solo $100.000. Fue citado por el SII, quien lo requirió presentar el talonario. Al comparecer, el funcionario le informó de la denuncia y le pidió emitir la boleta por $1.200.000, advirtiendo que de no hacerlo no podría girar boletas futuras. El reclamante emitió la boleta en agosto 2017 y fue infraccionado conforme artículo 97 N°10
El tribunal analiza si se configuró el tipo infraccional de no emisión de boletas de honorarios. Aplicando principios del derecho penal como presunción de inocencia, determina que corresponde al SII acreditar todos los elementos del tipo. Valora la prueba conforme reglas de sana crítica y concluye que: (1) solo se acreditó que el reclamante prestó servicios jurídicos, pero no se probó la omisión de emisión de boletas; (2) respecto al monto de $1.200.000, este se basó en denuncia privada no ratificada en sede judicial y en boleta emitida bajo presión administrativa, siendo fuentes débiles de pr
Se acoge el reclamo y se deja sin efecto la Notificación de Infracción N°1311792 de fecha 03 de agosto de 2017, por falta de acreditación suficiente. No se condena en costas a la parte reclamada.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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