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Tribunal Arica y Parinacota
Abdo Ramognini con SII-DIRECCION REGIONAL DE ARICA
Fecha: 17-06-2019 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Gustavo Marcel Miranda Espinoza
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de contribuyente por reavalúo de bien raíz no agrícola con alza del 157%, estimando aplicación errónea de tablas de clasificación y fijando nuevo avalúo más acorde al mercado.
Yuseff Miguel Abdo Ramognini reclama contra el reavalúo de propiedad ubicada en calle Andrés Bello N° 1370, Arica (Rol 448-007). El avalúo fiscal pasó de $112.313.516 (2017) a $322.322.248 (2018), aumento del 157%. El inmueble, construido en 1950, no ha sufrido cambios relevantes en sus características físicas, superficie ni construcciones durante el período. El SII no realizó inspección en terreno para este reavalúo, aunque sí lo hizo en 2012 para el anterior período.
El Tribunal estima que si bien el artículo 4° Ley N° 17.235 autoriza al SII a confeccionar tablas de clasificación considerando variables urbanas, características particulares del predio deben reflejarse adecuadamente. El avalúo fiscal no puede exceder el valor comercial del inmueble. El alza del 221% resulta desproporcionada respecto de alzas del mercado en el cuadrienio 2014-2018 y desvinculada del reavalúo anterior realizado con inspección personal. La propiedad mantiene sus características sin inversiones de mejora, por lo que el incremento resulta injustificado técnicamente. Citando sente
Se acoge el reclamo y se modifica el avalúo fiscal de la propiedad, fijándolo en un monto que guarde proporcionalidad con el aumento real del mercado durante el período, rechazando el alza del 221% como desproporcionada y carente de justificación técnica adecuada.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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