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Tribunal Antofagasta
GARCIA CARRASCO con SII-DIRECCIÓN REGIONAL ANTOFAGASTA
Fecha: 03-10-2012 · Materia: Liquidación
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza reclamo por extemporáneo contra liquidaciones de IGC años 2006 y 2008 notificadas fuera de plazo legal de 60 y 90 días respectivamente.
Juan Francisco García Carrasco, médico, reclamó contra dos liquidaciones del SII: N° 102201000069 de 12 de enero de 2009 (año tributario 2006) y N° 105 de 14 de julio de 2011 (año tributario 2008), por diferencias de Impuesto Global Complementario por $28.465.454. La primera fue notificada el 20 de enero de 2009 mediante carta certificada. La segunda fue notificada por cédula el 27 de julio de 2011. El reclamante solicitó copias de las liquidaciones el 13 de enero de 2012, que fueron entregadas el 31 de enero de 2012. El reclamo se interpuso el 10 de mayo de 2012.
El tribunal analizó la extemporaneidad del reclamo conforme al artículo 124 del Código Tributario. Para la liquidación 2006, el plazo de 60 días comenzó el 21 de enero de 2009 (tres días después del envío de carta certificada del 16 de enero), venciendo antes del 10 de mayo de 2012. Para la liquidación 2008, fue notificada por cédula el 27 de julio de 2011 con plazo de 90 días, también vencido al momento del reclamo. El tribunal concluyó que la entrega de copias el 31 de enero de 2012, solicitadas por el reclamante, no revive plazos ya precluidos. Las notificaciones válidas anteriores iniciaro
Se rechaza el reclamo por extemporáneo. Se omite pronunciamiento sobre otras alegaciones. No se condena en costas a la reclamante por tener motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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