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Tribunal Antofagasta
GUTIERREZ HONORATO y otro con SII-II DIRECCION REGIONAL ANTOFAGASTA
Fecha: 30-08-2019 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamación de herederos contra liquidación de impuesto a la herencia, al no acreditar el endoso y tradición de depósitos a plazo previo al fallecimiento del causante.
Jorge Humberto Gutiérrez Gallegos falleció intestado el 3 de julio de 2017. Sus herederos, Ana Emma y Óscar Gonzalo Gutiérrez Honorato, obtuvieron posesión efectiva en noviembre de 2017. En la posesión efectiva se incluyeron nueve depósitos a plazo en Banco Itaú por $183.092.019. Posteriormente, los herederos solicitaron retiro de estos depósitos del inventario de la posesión efectiva, afirmando que el causante los había endosado a terceros antes de su muerte. El SII incluyó nuevamente los depósitos en una reliquidación del impuesto a la herencia, originando giros por $21.673.142 a cada herede
El tribunal analiza si los depósitos a plazo fueron endosados por el causante antes de su fallecimiento. Concluye que los reclamantes no aportaron pruebas suficientes para acreditar el endoso ni la tradición de los títulos. Observa contradicción entre los argumentos tributarios (negando que los depósitos integren la masa hereditaria) y los penales (afirmando su propiedad del causante al querellarse por hurto y estafa). El tribunal considera que tal inconsistencia, junto con la insuficiencia probatoria respecto de endosos sin fechas precisas y documentos no aportados al proceso, demuestra que l
Se rechaza la reclamación interpuesta contra la Liquidación de Impuesto a la Herencia del Formulario 4423 Nº144304 de 12 de octubre de 2018 y los Giros Formulario 21 Nºs. 2444967 y 2444975 de 29 de octubre de 2018. Se dejan firmes los actos administrativos del SII. Sin condena en costas por motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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