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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
HARINAS Y PROTEINAS DE CHILE S. A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 13-08-2019 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra resolución que deniega devolución de impuesto por no acreditarse pérdida tributaria, confirmándose la resolución del SII que rechazó la petición de devolución por falta de antecedentes.
Harinas y Proteínas de Chile S.A. presentó declaración de impuesto a la renta para el año 2014 solicitando devolución por pago provisional de utilidades absorbidas de $19.721.947. El SII observó la declaración y citó a la contribuyente a presentar documentación (libro FUT, balances, certificados, etc.). La contribuyente no aportó los antecedentes solicitados. El SII emitió Resolución Exenta N° 5027 de 07.10.2014 rechazando la pérdida tributaria y denegando la devolución. La contribuyente interpuso reclamo el 29.01.2015 alegando defectos en el procedimiento fiscalizador y notificación. Posterio
El tribunal analiza que la competencia para resolver peticiones de devolución corresponde al SII, no a los tribunales tributarios, quienes solo pueden conocer de la legalidad de resoluciones denegatorias. Se establece que el contribuyente debe acreditar con documentación contable la pérdida tributaria según artículos 16-21 del Código Tributario. La contribuyente no aportó en el término probatorio antecedentes que demostraran haber entregado documentación al SII. La Resolución N° 5027 se encontraba debidamente fundada indicando que sin los antecedentes no pudo verificarse la efectividad de la p
Se rechaza el reclamo de Harinas y Proteínas de Chile S.A. contra la Resolución Exenta N° 5027 de 07.10.2014. Se confirma la resolución impugnada en todas sus partes. Se condena a la reclamante al pago de $500.000 por costas personales.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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