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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
LARRAIN PEÑA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 23-08-2019 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo de avalúo de bien raíz por aplicación de coeficiente corrector excepcional de 0,75 al terreno, rechazando exención por utilidad pública que debe tramitarse administrativamente.
María Francisca Larraín Peña reclama el avalúo fiscal del inmueble ubicado en Charles Hamilton 10560, Rol 2470-60, Las Condes, reavaluado el 1 enero 2018. El terreno de 5.196 m² se ubica en Área Homogénea HAB036 y colinda con el Área de Edificación Especial N°5 'Casas de Lo Fontecilla', debiendo respetar distanciamiento mínimo de 18 metros, lo que afecta aproximadamente 1.072,5 m² (20,6% del terreno). Solicitó aplicación de coeficiente corrector excepcional de 0,75 y exención de 55,5 m² por utilidad pública.
El tribunal establece que el coeficiente corrector excepcional procede cuando un bien presenta minusvalía objetivamente acreditada por características particulares no consideradas en la determinación del valor del Área Homogénea ni indicadas en su ficha descriptiva. Se acredita que las restricciones (prohibición de edificar de 18 metros) no son comunes a todos los inmuebles del área, sino solo a los que colindan con la Edificación Especial N°5, representando aproximadamente el 20,6% del terreno. Conforme a tabla de situaciones particulares de Resolución Ex. SII N°28, con afectación de 10% a 25
Se acoge parcialmente el reclamo. El SII debe aplicar coeficiente corrector excepcional de 0,75 al terreno del inmueble Rol 2470-60. Se rechaza la solicitud de exención del 100% sobre superficie de utilidad pública, que debe tramitarse por vía administrativa. Cada parte pagará sus costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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