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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
CONCESIONARIA PLAZA LAS CONDES S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 29-05-2015 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de avalúo de concesionaria por estacionamientos subterráneos. Determina que la concesión es de ocupación, no de actividad, por lo que deben gravarse todas las áreas, incluida circulación, conforme a Ley 17.235 art. 27.
Concesionaria Plaza Las Condes S.A. posee concesión de explotación de estacionamientos subterráneos en Centro Cívico ubicado en Avenida Apoquindo 3.300, Las Condes, por Decreto Alcaldicio de 2007 a 35 años. En revalúo general 2013, inmueble Rol 211-2 fue tasado en $3.554.924.560, correspondiendo $1.837.438.420 a construcciones línea 3, clase B, calidad 4, con superficie de 10.490 m². Concesionaria reclama error de cálculo, argumentando que solo 4.925 m² (estacionamientos específicos) deben ser avaluados, conforme a instrucciones SII sobre concesiones de ocupación versus actividad.
El tribunal analiza la naturaleza de la concesión conforme a Oficio SII 4143/2003 y 1154/2008, distinguiendo entre concesiones de ocupación (con uso y goce exclusivo, sujetas a art. 27 Ley 17.235) y de actividad (donde concesionario sustituye al Estado sin usar privadamente el bien, no afectas a impuesto territorial). Concluye que la concesión de estacionamientos constituye ocupación, pues el concesionario tiene facultad de usar y gozar exclusivamente el bien, obteniendo provecho pecuniario análogo a arriendo. Por tanto, deben gravarse no solo espacios específicos de estacionamientos sino tamb
Se rechaza íntegramente el reclamo de avalúo presentado por Concesionaria Plaza Las Condes S.A. respecto del inmueble Rol 211-2, Avenida Apoquindo 3.300, Las Condes. Se condena en costas a la parte reclamante.
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