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Tribunal del Maule
ByC LIMITADA con SII-VII DIRECCIÓN REGIONAL TALCA
Fecha: 10-10-2019 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de B&C Limitada por no emisión de factura por $1.517.710 en contrato de instalación de pandereta, confirmando infracción del artículo 97 N°10 del Código Tributario.
B&C Limitada realizó trabajo de suministro e instalación de 147 metros lineales de cierre perimetral de pandereta para Constructora Atria SpA. Se pactó anticipo de $1.416.100 (factura N°37 del 11.11.2018) y saldo de $1.517.710. La empresa percibió el saldo sin emitir factura correspondiente, alegando saldo pendiente por reposición de materiales. El SII notificó infracción N°1166124 del 29.03.2019 por omisión de documento tributario.
El tribunal establece que conforme al artículo 55 inciso segundo de la Ley IVA (DL N°825), en contratos de instalación debe emitirse factura al momento de percibir el pago. La empresa reconoce haber recibido $1.517.710 sin emitir factura. La justificación de saldo pendiente no releva de la obligación tributaria. El monto de la operación ($1.517.710) no es indeterminado, siendo concordante con lo percibido. Se configura infracción tipificada en artículo 97 N°10 inciso primero del CT. Respecto sanción, se consideran atenuantes (sin infracciones previas, cooperación en fiscalización) y agravante
Rechaza reclamación. Confirma Notificación de Infracción N°1166124 por violación artículo 97 N°10 CT. Impone multa de $1.517.710 (100% monto operación) y clausura de 2 días. Sin condena en costas por motivo plausible de litigio.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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