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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
CONSTRUCTORA LOS ANDES LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 24-10-2019 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Constructora Los Andes contra resolución del SII que denegó devolución de $34.877.817 por falta de acreditación suficiente de pérdida tributaria y presupuestos legales.
Constructora Los Andes Limitada presentó declaración anual de impuesto a la renta AT 2014 solicitando devolución por $34.877.817, compuesta por pagos provisionales por utilidades absorbidas ($28.296.663), crédito por gastos de capacitación ($654.570) y pagos provisionales mensuales en exceso ($5.926.584), declarando pérdida tributaria de $223.296.663. El SII requirió comparecencia con documentación para verificar observaciones detectadas. La reclamante aportó documentación parcialmente, la cual resultó insuficiente según el SII, que rechazó la solicitud mediante resolución Ex. DFI.16.01 N° 294
El tribunal establece que corresponde al contribuyente probar conforme al artículo 21 del Código Tributario la verdad de sus declaraciones mediante documentos necesarios. La pérdida debe acreditarse como tributaria para ser rebajada como gasto necesario, requiriendo acreditación desde su origen conforme al artículo 31 N° 3 de la LIR. Para devoluciones por utilidades absorbidas es indispensable acreditar: gasto necesario por pérdidas tributariamente aceptadas, que absorbieron utilidades, y que pagaron oportunamente impuesto de primera categoría. La documentación aportada por la reclamante en am
No ha lugar al reclamo. Se confirma íntegramente la Resolución Ex. DFI.16.01 N° 294 de 28.04.2015. Se condena a la reclamante al pago de $500.000 por concepto de costas personales por falta de motivos para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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