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Tribunal del Biobio
ESCUELAS DE LENGUAJE AMANECER TALCAHUANO LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 08-06-2020 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Escuela de lenguaje reclama liquidaciones de impuesto a la renta por diferencias en subvenciones, cuenta leaseback, pagos a empresas relacionadas y honorarios, argumentando que el SII carece de facultades para recalificar fondos de subvención.
El SII fiscalizó a Escuelas Especiales de Lenguaje Amanecer Talcahuano Ltda. y emitió liquidaciones nros. 94-98 de julio 2018, cobrando $252.203.439 en impuesto a la renta. Las impugnaciones del SII incluyen: diferencias en subvenciones no registradas contablemente en 2014 y 2015 ($28.567.000 y $8.539.513 respectivamente); pagos por leaseback de inmuebles en 2014-2016 ($50.433.636, $52.657.172 y $46.864.009); cheques depositados a empresa relacionada en 2014 sin factura ($25.000.000 y $33.850.000); honorarios a supervisora en 2015 ($5.474.109); y préstamo a empresa relacionada San José en 2014
La reclamante sostiene que el SII incurre en doble error: primero, confunde discrepancias contables con retiros cuando los fondos existen en cuenta corriente disponibles para fines educativos; segundo, excede sus facultades al calificar desviación de fondos, atribución privativa de la Superintendencia de Educación conforme a DFL 2/1998 y Ley 20.529. Argumenta que los pagos leaseback corresponden a arrendamiento consensual del inmueble donde funciona la escuela, registrados como costos de activo. Respecto a pagos a empresas relacionadas, sostiene que corresponden a mutuos reales registrados en
Se solicita dejar sin efecto total o parcialmente las liquidaciones nros. 94-98 de julio 2018, con costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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