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Tribunal R. Metropolitana. Primero
XIII SII DRM STGO CENTRO con Importadora Amigo Limitada
Fecha: 20-08-2020 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal condena a Importadora Amigo Ltda. por omitir maliciosamente declarar ingresos en F22 AT2018, utilizando facturas falsas de terceros para ocultar ventas reales, configurando delito del art. 97 N°4 CT.
Importadora Amigo Ltda. vendió mercaderías a Comercial Fernapet Ltda., recibiendo pagos mediante cheques por $5.257.919 total. Sin embargo, las facturas de respaldo fueron emitidas por terceras sociedades (Soc. Comercial Doña Isabel SpA, Comercializadora Galaz SpA y Electrónica Paredes SpA), consideradas facilitadoras de documentación falsa. El contribuyente omitió contabilizar y declarar estos ingresos en su F22 AT2018, pese a haber cobrado efectivamente los cheques en su cuenta corriente, causando un perjuicio fiscal de $1.350.184.
El tribunal estableció que el contribuyente actuó maliciosamente al valerse de terceras sociedades para emitir facturas por operaciones que le eran atribuibles, mientras recibía directamente los pagos. Esta maniobra tuvo por objeto ocultar ingresos y disminuir la base imponible del IDPC. La declaración jurada del representante legal reconoció que los cheques correspondían a ventas de mercaderías. El tribunal consideró que la omisión no fue casual, sino parte de un esquema sistemático que involucró a múltiples sociedades emisoras de documentación falsa. La conducta constituye una declaración ma
Acoge denuncia. Condena a Importadora Amigo Ltda. como autora del delito del art. 97 N°4 inc. 1° CT. Aplica multa de $1.350.184, equivalente al 100% del impuesto defraudado. Ordena giro de multa una vez ejecutoriada la sentencia.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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