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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
INVERSIONES MEJILLONES S.A. con SII-DIRECCION DE GRANDES CONTRIBUYENTES
Fecha: 27-10-2020 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Inversiones Mejillones contra resolución del SII que rechazó pérdida tributaria de arrastre del año 2003 para AT 2008-2009, por no acreditar que gastos del Proyecto Edelnor cumplan requisitos legales de deducibilidad.
Inversiones Mejillones S.A. se constituyó el 20.03.2002 para adquirir acciones de Edelnor. Suez Tractebel incurrió en gastos de US$10.662.116 para reestructuración de Edelnor y toma de control. El 15.11.2002, estos gastos se traspasaron a Inversiones Mejillones, quien reembolsó dichos gastos a Suez. La empresa declaró pérdidas tributarias desde AT 2003, incluyendo estos gastos como «Reembolso gastos Proyecto Edelnor». El SII rechazó esta deducción mediante Resolución N° 230/2008 (AT 2005-2007) y N° 143/2010 (AT 2008-2009). Inversiones Mejillones reclama, alegando prescripción y que los gastos
El tribunal sostiene que, tratándose de pérdida de arrastre deducida en AT 2008 y 2009, los plazos de prescripción siguen la suerte del año en que se hace valer (no la del AT 2003), por lo que no hay prescripción. Sobre el fondo, reafirma que los gastos componentes de la pérdida deben cumplir requisitos legales: ser necesarios para producir renta, estar directamente relacionados con el giro del contribuyente que los deduce, y haber sido efectivamente incurridos por éste. En el caso, los gastos fueron incurridos por Suez Tractebel antes de que Inversiones Mejillones existiera legalmente, sin re
Rechaza íntegramente el reclamo de Inversiones Mejillones S.A. y confirma la Resolución Ex. N° 17200 N° 143/2010 del SII. Condena en costas a la reclamante por la suma de $5.000.000.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 9.886 sentencias del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.652 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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