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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SCHMIDT CALDERON con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 30-10-2020 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo tributario por liquidaciones de Primera Categoría y Global Complementario del 2012, reconociendo solo $26.624.608 de los $270.332.566 no acreditados en inversión inmobiliaria por falta de prueba del origen de fondos.
Schmidt Calderón realizó inversión en bien raíz por $280.000.000 el 28.01.2011 e inversiones en acciones por $206.525.109 durante 2011. El SII cuestionó el origen de los fondos mediante citación del 28.04.2015. La reclamante aportó contrato de mutuo por $240.000.000 con María Valentina Calderón Fuentes, cartolas bancarias y facturas de venta de acciones. El SII rechazó el mutuo por falta de ingresos registrados de la mutuante y liquidó diferencia impostiva de $105.895.431 en Primera Categoría y Global Complementario.
El tribunal reconoce que el contrato de mutuo suscrito mediante escritura pública acredita su otorgamiento y fecha, pero no la veracidad de sus declaraciones. Advierte que la inversión ocurrió en enero 2011 pero el contrato se escrituró en agosto 2011, sin prueba del origen de los $240.000.000 ni de la capacidad económica de la prestamista. Respecto al saldo de $32.247.272 en cuenta corriente, determina que la existencia de fondos no prueba su origen. Solo reconoce $26.624.608 justificados por venta de acciones de VanTrust Capital del 13.01.2011.
Se acoge parcialmente el reclamo. Se reliquidan las Liquidaciones 1245(R) y 1246(R) del 28.08.2015 rebajando $26.624.608 de la base imponible de Primera Categoría y Global Complementario 2012. Se confirma lo demás de las liquidaciones reclamadas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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