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Tribunal R. Metropolitana. Primero
INMOBILIARIA CABURGA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 25-11-2020 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Inmobiliaria Caburga reclama modificación de avalúo por errores de clasificación en aplicación de tablas, argumentando restricciones urbanísticas de área verde no consideradas. Tribunal rechaza reclamo.
Inmobiliaria Caburga Limitada es propietaria del inmueble Rol de Avalúo N°1852-3, ubicado en Avenida Francisco Bilbao N°8720, comuna de Las Condes. El reavalúo 2018 determinó avalúo de $8.465.272.530 para una superficie de 15.730 m2. La propiedad está afecta a restricciones urbanísticas que exigen destinar 24% a áreas verdes por coeficiente de área libre, más 17,77% adicional por franja perimetral, totalizando 41,77% de área verde. La reclamante sostiene estas restricciones no fueron consideradas en la tasación.
El tribunal analiza que el Procedimiento de Reclamo de Avalúos tiene causales taxativas en el artículo 149 del Código Tributario. La causal invocada es aplicación errónea de tablas de clasificación. El tribunal valida la metodología de la Resolución N°28 del SII de 2018 que estableció valores unitarios por áreas homogéneas y sistemas de coeficientes correctores. Respecto a las restricciones urbanísticas, el tribunal considera que estas son regulaciones genéricas que afectan a todos los inmuebles en la zona de forma igualitaria, no siendo características particulares del predio que justifiquen
Se rechaza el reclamo interpuesto por Inmobiliaria Caburga Limitada, manteniéndose el avalúo fijado en el reavalúo 2018 de $8.465.272.530 para el inmueble Rol N°1852-3.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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