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Tribunal R. Metropolitana. Primero
ESTACIONAMIENTOS MANUEL MONTT SOCIEDAD CONCESION con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE y otro
Fecha: 26-04-2023 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra avalúo particular de estacionamiento subterráneo por falta de fundamento legal y prueba insuficiente del SII para justificar incremento de valor.
Estacionamientos Manuel Montt Sociedad Concesionaria S.A., concesionaria de estacionamiento subterráneo en Providencia, recibió notificación de avalúo de $2.859.457.067 en abril 2018. Tres meses después, el 28 de junio 2018, recibió cobro suplementario de $65.731.519 basado en avalúo de $4.384.080.747, sin notificación previa de este segundo avalúo ni explicación de la causal legal que lo justificaba. La reclamante alegó no haber realizado construcciones, ampliaciones, divisiones ni fusiones que legitimaran la modificación del avalúo.
El tribunal analizó que la modificación de avalúos de bienes raíces no agrícolas solo puede fundarse en causales legales del artículo 12 de Ley 17.235, ninguna de las cuales se configuró en el caso. Señaló que la presunción de validez de actos administrativos es simplemente legal y puede desvirtuarse. Evaluó la prueba conforme sana crítica, concluyendo que la presentada por SII no cumple requisitos de multiplicidad, gravedad, precisión, concordancia ni conexión. Enfatizó que el SII, como órgano estatal que genera la información, tiene obligación de acompañar antecedentes relevantes. Consideró
Acoge reclamo del contribuyente. Anula avalúo particular de $4.384.080.747 contenido en cobro suplementario por falta de fundamento legal. Declara que Estacionamientos Manuel Montt Sociedad Concesionaria S.A. no está obligada a pagar los giros suplementarios. Ordena costas en favor de la reclamante.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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