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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
NORTE GRANDE SA con SII DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES
Fecha: 04-12-2020 · Materia: Liquidación; Resolución · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Norte Grande S.A. contra resolución y liquidación del SII que deniega devolución de $502.739.161 por PPUA, confirmando procedencia del prorrateo de gastos de utilización común.
Norte Grande S.A. declaró pérdida tributaria de $3.679.303.022 para AT 2013, solicitando devolución de PPUA por $502.739.161. Durante fiscalización, SII cuestionó gastos asociados a enajenación de acciones bajo artículo 107 LIR y el PPUA mediante Citación N°16 de 26/03/2014. Contribuyente respondió el 28/04/2014 confirmando su declaración. SII emitió Resolución Ex. 17.200 N°65/2014 y Liquidación N°5 del 6/05/2014 denegando la devolución, determinando Impuesto de Primera Categoría por $274.827.314, reajustes por $11.817.575 e intereses por $55.895.753.
El tribunal concluyó que la reclamante percibió ingresos gravados (US$5.230.559,26), rentas exentas por dividendos (US$23.566.831,26) e ingresos no constitutivos de renta bajo artículo 107 LIR (US$73.477.531,33). Los costos, gastos y desembolsos estaban vinculados a distintos tipos de rentas, requiriendo prorrateo conforme artículos 27 inciso segundo del CT y 33 N°1 letra e) de la LIR. El tribunal reconoció gastos de utilización común al representar las ventas de acciones 93,35% de ingresos tributarios. Respecto del PPUA, la reclamante no acreditó suficientemente la pérdida tributaria ni los p
Se rechaza el reclamo y se confirman la Resolución Ex. 17.200 N°65/2014 y Liquidación N°5 del SII de fecha 6 de mayo de 2014. Se ordena que la Dirección de Grandes Contribuyentes del SII disponga el cumplimiento administrativo. Cada parte paga sus propias costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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