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Tribunal R. Metropolitana. Primero
XVI DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO SUR SII con SAUER ES MODA LIMITADA
Fecha: 18-12-2020 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Se acoge denuncia por subdeclaración de IVA débito y uso de facturas ideológicamente falsas para incrementar crédito fiscal, aplicando multas por $19.671.400.
Sauer es Moda Limitada, durante los períodos septiembre 2017 a diciembre 2018, registró en libros y formularios 29 IVA crédito fiscal amparado en facturas electrónicas ideológicamente falsas emitidas por Confección de Prendas de Vestir Jaritza Contreras Paimilla E.I.R.L., rebajando su carga tributaria. Asimismo, en mayo, junio y agosto 2017, subdeclaró IVA débito fiscal. El exsocio Juan San Martín reconoció haber adquirido las facturas falsas pagando el 10-50% del IVA, mediante transferencias bancarias. La representante legal negó relaciones comerciales con el supuesto proveedor, conociendo de
El tribunal constató que la conducta fue dolosa mediante: (i) facturas ideológicamente falsas con IVA por $17.573.594; (ii) subdeclaración de débito por $2.097.806; (iii) declaraciones juradas admitiendo la compra de facturas falsas para reducir IVA; (iv) rectificaciones posteriores eliminando las facturas cuestionadas; (v) uso sistemático y reiterado sin antecedentes de operaciones efectivas. La malicia resulta evidente del proceder fraudulento tendiente a obtener indebidamente crédito fiscal y defraudar al Fisco. Se acreditó tipicidad, antijuricidad y culpabilidad conforme artículos 97 N°4 i
Se acoge Acta de Denuncia. Se condena a Sauer es Moda Limitada al pago de multa de $2.097.806 (100% del perjuicio por infracción inciso 1°) más $17.573.594 (100% del perjuicio por infracción inciso 2°), totalizando $19.671.400, actualizable conforme artículo 53 del Código Tributario.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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