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Tribunal R. Metropolitana. Primero
LEPE CABALLERO con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL
Fecha: 25-02-2021 · Materia: Giro · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de contribuyente contra giro de IVA por error contable: duplicación involuntaria de cuenta de materiales e insumos en balance de término de giro.
Emiliano Lepe Caballero, empresario individual de instalaciones sanitarias, presentó formulario 2121 de término de giro el 6 de octubre de 2016, informando cese de actividades al 31 de julio de 2016, aunque cesó efectivamente el 31 de diciembre de 2014. El SII emitió giro 950748312 por IVA del período julio 2016 con multa de $82.469.581. El reclamante alega que los balances presentados contienen error contable: la cuenta de materiales e insumos fue duplicada de $160.498.275 a $320.996.550 entre años 2015 y 2016, lo que sirvió de base para calcular el impuesto.
El tribunal rechaza la alegación del SII sobre limitación competencial de la justicia tributaria al análisis formal. Establece que corresponde conocer del fondo de la controversia, permitiendo prueba en juicio conforme artículo 21 del Código Tributario. Analizando los formularios 29, declaraciones de renta y libros presentados, constata casi nula actividad comercial en 2015-2016, lo que es incompatible con duplicación de inventarios. Concluye que la duplicación de la cuenta de materiales e insumos en el balance 2016 constituye error evidente, no controvertido sustancialmente por el SII, que so
Acoge reclamo tributario. Deja sin efecto giro 950748312 en la parte relativa a multa de $82.469.581 calculada sobre base de $320.996.550. Ordena emitir nuevo giro con base de cálculo de $160.498.275. Sin condenación en costas al SII por tener motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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