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Tribunal R. Metropolitana. Primero
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE con GAMA SERVICIOS SPA
Fecha: 05-04-2021 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal rechaza acta de denuncia contra GAMA SERVICIOS SPA por supuesta utilización de facturas ideológicamente falsas, al no acreditarse suficientemente los elementos objetivos y subjetivos requeridos por el artículo 97 N°4 inciso 2 del Código Tributario.
El SII denunció a GAMA SERVICIOS SPA por recibir y declarar 3 facturas electrónicas falsas emitidas por E.S.T. INGENIERIA Y CONSTRUCCION SPA, originando un crédito fiscal indebido de $1.447.800. El proveedor E.S.T. había emitido 95 facturas falsas a diversos clientes entre agosto 2017 y diciembre 2018, por IVA de $181.548.651. La denuncia se basó en una declaración jurada del representante de E.S.T. quien señaló no reconocer ventas a GAMA SERVICIOS, entre otros clientes.
El Tribunal constató que la única prueba acompañada fue el Informe de Recopilación de Antecedentes N°470 basado en declaración jurada de E.S.T. Sin embargo, no se adjuntaron las 3 facturas supuestamente falsas, los Formularios 29 donde se habrían declarado, libros de compras, certificado de inicio de actividades de GAMA SERVICIOS, ni documentos que acreditaran que el denunciado era contribuyente afecto al IVA. El Tribunal enfatizó que para sancionar se requiere acreditar: (1) que es contribuyente del IVA; (2) que actuó con dolo. La prueba resulta insuficiente pues no se satisface la presunción
Se rechaza el Acta de Denuncia N°1 de 04 de febrero de 2021 en contra de GAMA SERVICIOS SPA por infracción al artículo 97 N°4 inciso 2 del Código Tributario, por no encontrarse acreditados los elementos subjetivos y objetivos de la norma.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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