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Tribunal R. Metropolitana. Primero
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XIV DR STGO PONIENTE con Anania Limitada
Fecha: 14-06-2021 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal condena a ANANÍA LIMITADA por incorporar maliciosamente 69 facturas falsas en sus registros de compras, aumentando indebidamente crédito fiscal y costos tributarios durante 2017-2019.
ANANÍA LIMITADA, contribuyente dedicado a venta al por mayor, incorporó en su libro de compras 69 documentos tributarios falsos (64 de CONFECCIÓN DE PRENDAS DE VESTIR JARITZA CONTRERAS PAIMILLA E.I.R.L. y 5 de CONFECCIONES Y VENTA DE TELAS MARGARITA PAIMILLA FUENTES E.I.R.L.) durante los años comerciales 2017 y 2018. Estas sociedades fueron constituidas para emitir facturas falsas, sin capacidad económica real, sin domicilio físico, sin trabajadores ni patente comercial. El representante legal admitió reconocer las facturas pero carecer de comprobantes, guías de despacho ni respaldo de las com
El tribunal establece que el artículo 97 N°4 del Código Tributario sanciona las infracciones maliciosas que aumenten indebidamente créditos o imputaciones tributarias. Se acreditó que las sociedades proveedoras eran instrumentos para facilitar facturas falsas, constatándose que sus representantes carecían de recursos económicos, no poseían domicilios reales, no informaban trabajadores ni activos, declaraban créditos fiscales sin respaldo contable y su relación débito-crédito era cercana a uno. El contribuyente denunciado reconoció las compras pero no aportó guías de despacho, comprobantes ni d
Se declaran acreditadas las infracciones del artículo 97 N°4 incisos 1° y 2° del Código Tributario. Se aplican multas por incorporación maliciosa de facturas falsas y aumento indebido de crédito fiscal. Se condena en costas al contribuyente.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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