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Tribunal R. Metropolitana. Primero
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO con BUSTAMANTE COMIGUAL y otro
Fecha: 19-07-2021 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Contribuyente condenado por registrar 23 facturas electrónicas falsas para obtener crédito fiscal indebido de IVA por $5.665.782, infracción tipificada en artículo 97 N°4 inciso 2 del CT.
Jaime Jesús Bustamante Comigual registró en su contabilidad y declaró 23 facturas electrónicas falsas emitidas por Cecilia Valdebenito Molina entre noviembre 2017 y marzo 2018, por servicios que nunca fueron prestados. Las facturas totalizaban $35.485.684 neto, generando un crédito fiscal irregular de $5.665.782 en IVA. Bustamante declaró estos créditos en sus formularios 29 mensuales, afirmando haber pagado en efectivo sin presentar respaldo alguno de las operaciones. Valdebenito confess que no realizó las operaciones, que terceros utilizaban sus claves y que recibía solo depósitos de $25.000
El tribunal constató que las 23 facturas son ideológicamente falsas, constituyen documentos ficticios de operaciones inexistentes. Bustamante actuó maliciosamente al registrar sistemática y reiteradamente estas facturas durante cinco períodos tributarios consecutivos, sin acreditar efectividad de operaciones ni correspondencia lógica con su giro. Las declaraciones de Bustamante resultan inverosímiles respecto a pagos en efectivo por montos elevados. La conducta configura fraude al fisco con ánimo de obtener ilegítimamente créditos fiscales indebidos, disminuyendo la carga impositiva y perjudic
Se acogió el acta de denuncia. Se condenó a Bustamante Comigual por infracción al artículo 97 N°4 inciso 2 del Código Tributario. Se le aplicó multa de $5.665.782 equivalente al 100% del perjuicio fiscal causado, cantidad que debe actualizarse conforme artículo 53 CT a la fecha de pago.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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