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Tribunal de los Rios
Inversiones Los Alerces Limitada con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 28-04-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación de Inversiones Los Alerces contra liquidaciones de impuesto único a la renta 2017-2018, desestimando argumentos del SII sobre necesidad de gastos en juicios y asesorías legales.
Inversiones Los Alerces Limitada, continuadora de Inversiones Petrohué Limitada, reclamó contra Liquidaciones 36 y 37 del 18.7.2019 que determinaban Impuesto Único conforme artículo 21 LIR para años tributarios 2017 y 2018. El SII cuestionó diversos gastos: desembolso a Inversiones Seminario por US$200.000, facturas por asesorías de Aninat Schwencke por $30.151.524 y $50.000.000, y factura de Minotauro por $5.212.325. Petrohué había sido parte en juicios civiles y arbitrales relacionados con negocios salmoneros, siendo representada por Aninat Schwencke.
El Tribunal estableció que conforme artículo 21 CT (modificado por Ley 21.210), ambas partes deben acreditar sus pretensiones. Aplicó sana crítica y criterio de mera preponderancia de prueba para materias patrimoniales. Estimó probados: (1) los acuerdos entre Petrohué y Seminario; (2) existencia y validez de los pagos a Aninat Schwencke por servicios legales en juicios que resultaron favorables a la reclamante; (3) los gastos fueron necesarios para producir renta. Rechazó argumento de certeza jurídica y actos propios por anterior revisión de PPUA AT 2016, señalando que revisiones de devolución
Acogió la reclamación de Inversiones Los Alerces Limitada contra Liquidaciones 36 y 37 del 18.7.2019, dejándolas sin efecto. No condenó en costas a la reclamada por tener motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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