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Tribunal Tarapacá
OSTOJIC PERIC con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION NACIONAL y otro
Fecha: 06-07-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Lucy Gabriela Olivares Vicentelo
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo por caducidad de fiscalización del SII según art. 59 CT; anula liquidaciones por incumplimiento de plazo de 9 meses desde presentación de antecedentes.
El SII notificó requerimiento de antecedentes el 21 de junio de 2017 por diferencias en declaración de renta 2017. El reclamante compareció el 31 de agosto de 2017 acompañando documentación y propuesta de rectificatoria. Sin respuesta durante 2 años y 8 meses, el 29 de abril de 2020 se notificó citación art. 63 sin referir a comparecencia ni documentos previos. Luego se emitieron liquidaciones 178 y 179 por $674.560.183 en total. El reclamante cuestiona caducidad de la acción fiscalizadora y falta de fundamentación de las liquidaciones.
El tribunal considera que el requerimiento de 21 de junio de 2017 constituye un requerimiento de antecedentes conforme art. 59 CT. El plazo de 9 meses para citar, liquidar o girar opera desde que funcionario certifique que todos los antecedentes solicitados han sido puestos a disposición. La presentación efectiva el 31 de agosto de 2017 inició plazo fatalmente fatal que vencía el 31 de mayo de 2018. La citación del 29 de abril de 2020 sobrepasa significativamente este plazo. El tribunal estima que existe caducidad de la acción fiscalizadora por incumplimiento del plazo del art. 59 CT, toda vez
Se acoge el reclamo anulando las liquidaciones 178 y 179 por caducidad de la acción fiscalizadora conforme art. 59 CT. Se deja sin efecto los impuestos determinados. Se desestima la acción de nulidad de derecho público solicitada por otras causales.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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