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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
TECHINT CHILE SA con DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES
Fecha: 29-07-2022 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de TECHINT CHILE SA contra denegación de devolución de IVA por $606.798.172, confirmando que sus servicios de construcción fueron correctamente gravados con IVA en períodos 2008-2010.
TECHINT CHILE SA prestó servicios de ingeniería y construcción a través de Flúor Techint a empresas del grupo Barrick, incluyendo BEASA en Argentina. TECHINT recibió facturas afectas a IVA de sus clientes entre enero 2008 y diciembre 2010, recargó y enteró el impuesto. Posteriormente el SII cambió su criterio interpretativo (Oficio 1918/2009) considerando que tales servicios no eran afectos a IVA, negando la devolución de crédito fiscal. TECHINT solicita devolución de $606.798.172 por los períodos mencionados.
El tribunal constata que TECHINT prestó efectivamente servicios en calidad de empresa constructora durante los períodos controvertidos, por lo que estaban correctamente afectos a IVA conforme al criterio vigente en esa época. Aunque el SII modificó posteriormente su criterio mediante Oficio 1918/2009, TECHINT se ajustó de buena fe al criterio antiguo al momento de practicar sus operaciones. El tribunal rechaza el argumento de enriquecimiento injusto del Fisco, pues TECHINT solo trasladó y enteró el IVA sin que implicara extracción patrimonial. La disparidad de criterios entre direcciones regio
Se rechaza íntegramente el reclamo y se confirma la Resolución Exenta 17.200 N°176/2016 del SII que denegó la devolución de IVA. Se declara que no se condena en costas a la reclamante por tener motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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