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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
MONTENEGRO MAGGIO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DRM STGO ORIENTE
Fecha: 29-07-2022 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
ACOGE Ha Lugar Revocatorio
Tribunal acoge reclamo de contribuyente contra rechazo de devolución de impuestos por $3.317.377, estimando que SII no acreditó haber requerido debidamente documentos durante fiscalización.
Matilde de Lourdes Montenegro Maggio, factor de comercio y socia de A2 Arquitectos Limitada, presentó declaración de renta año tributario 2013 solicitando devolución por $3.317.377. El SII impugnó la declaración por inconsistencias en el crédito de impuesto de primera categoría por retiros, alegando que la información de sus agentes retenedores presentaba inconsistencias. El 23.05.2013 se le notificó que debía concurrir con antecedentes suficientes. El 15.01.2014 se envió carta aviso informando las observaciones. El 21.04.2016, por no comparecencia de la contribuyente, se dictó resolución dene
El Tribunal estableció como hecho controvertido si durante el proceso de fiscalización se solicitaron debidamente a la reclamante los documentos y antecedentes suficientes para aclarar las observaciones. Al analizar el registro de actuaciones del portal del SII, concluyó que los antecedentes acompañados por el SII resultaban insuficientes para acreditar haber efectuado tal requerimiento formal. El Tribunal estimó que la reclamante no tuvo oportunidad real de verificar la exactitud de su declaración conforme a los artículos 21 y 35 del Código Tributario. Aunque el Tribunal no puede pronunciarse
Se acoge el reclamo. Se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 215000001392 de 21.04.2016. No se condena en costas al SII por estimar el Tribunal que tuvo motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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