¿Qué dice la Circular 50 de 2024 sobre IVA en bienes inmuebles?
La Circular N° 50 de 2024 no figura entre los documentos indexados en esta consulta, por lo que no es posible reproducir su texto ni citar sus instrucciones específicas sobre IVA en operaciones con bienes inmuebles y los artículos 20 y 21 de la Ley sobre Impuesto al Valor Agregado (LIVA).
Lo que sí consta en el material disponible es lo siguiente:
Marco normativo de referencia que la Circular N° 50 de 2024 habría interpretado:
- Artículos 20 y 21 de la LIVA regulan las exenciones al IVA aplicables a ciertas operaciones con bienes inmuebles. Con la Ley N° 20.899 de 2016 (que modificó la Ley N° 20.780 de 2014), el legislador incorporó los bienes inmuebles como hecho gravado en el IVA —tanto en la venta habitual como en ciertos contratos de construcción—, estableciendo simultáneamente exenciones específicas para propiedades que cumplan determinadas condiciones (precio, destino, tipo de vendedor, etc.).
- El artículo 20 LIVA contiene exenciones objetivas referidas al tipo de bien o al monto de la operación.
- El artículo 21 LIVA contiene exenciones subjetivas o mixtas, referidas a la calidad del vendedor o a características del inmueble.
No manejo el texto específico de la Circular N° 50 de 2024 ni sus instrucciones concretas sobre afectación, exención y casos particulares en operaciones inmobiliarias. Para obtener el texto íntegro, la fuente oficial es el sitio sii.cl, sección "Legislación y Normativa / Circulares".
Fuentes citadas
- Circular 61/2021 — Valor diario de la Unidad de Fomento (UF) para el período 10 de noviembre al 9 de diciembre de 2021, para efectos tribut
- Circular 12/2021 — Circulares 2021 Años Anteriores Circular N° 66 del 16 de Diciembre del 2021 Tabla De Cálculos De Reajustes, Intereses Y
- Circular 54/2013 — Circulares 2013 Años Anteriores Circular N° 61 del 27 de Diciembre del 2013 Actualiza nómina de Decretos Supremos del Mi
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