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Tribunal del Biobio
JUAN ESPINOZA DURÁN Y CIA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL CHILLAN
Fecha: 2026-01-02 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
ACOGE
Se acoge reclamo de reavalúo de bienes raíces por error en prorrateo de bien común sin avalúo debidamente individualizado, configurando causal del artículo 149 N°3 del Código Tributario.
Juan Espinoza Durán y Cía. Ltda. reclama el reavalúo de tres unidades del Edificio Los Ñirres (departamento 801, estacionamiento 22 y bodega 8, roles 884-29, 884-58 y 884-72) ubicado en Pinto. El reclamante alegó errores en determinación de superficies, clasificación y especialmente en la incorporación del rol de bien común 00884-90001 para prorrateo de áreas comunes, el cual no tendría avalúo propio verificable en el sistema del Servicio de Impuestos Internos.
El Tribunal estimó que el estándar de racionalidad y verificabilidad del avalúo exige que el componente de bienes comunes imputable a cada unidad sea razonablemente controlable por el administrado. Constató que el rol 00884-90001 fue utilizado como mecanismo instrumental para asignar participación en bienes comunes sin avalúo propio debidamente individualizado y verificable. Consideró que esto configura error de transcripción, copia o cálculo del artículo 149 N°3 del Código Tributario, alterando el cálculo del avalúo de las unidades reclamadas. Además, la Ley 19.537 sobre Copropiedad Inmobilia
Se acoge el reclamo respecto al rol de bien común 00884-90001. Se ordena al Servicio modificar y regularizar el catastro, recalculando los avalúos de las unidades prescindiendo del prorrateo improcedente o reemplazándolo por una base de bienes comunes técnicamente consistente y formalmente verificable. Se condena en costas a la parte perdidosa.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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