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Tribunal del Biobio
INMOBILIARIA E INVERSIONES RIVERS Y CIA. LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL CHILLAN
Fecha: 2026-01-02 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
ACOGE
Se acoge reclamo de avalúo de departamento en condominio por error en prorrateo de bien común inexistente o sin avalúo verificable, configurando causal del artículo 149 N°3 del Código Tributario.
Contribuyente reclama reavalúo del departamento N°22 del Edificio Los Pangues, rol 880-55, ubicado en comuna de Pinto, proyecto Villa del Bosque Nevado. Alega que el avalúo incorporó prorrateo de un bien común (rol 00880-90001) que no tiene avalúo propio individualizado, fue creado como mecanismo instrumental para asignar participación en bienes comunes, y al consultarlo en sistema del SII aparece leyenda de que no existe propiedad asociada a ese rol. Controvierte también supuestos errores en superficies, clasificaciones y rol matriz 873-48 del lote donde se emplazan edificios.
El tribunal estima que el estándar de racionalidad y verificabilidad del avalúo fiscal exige que el componente de bienes comunes imputado a cada unidad sea controlable por el administrado, especialmente si constituye fracción relevante del avalúo total. El argumento sobre utilización del rol 00880-90001 sin avalúo propio debidamente individualizado y verificable resulta decisorio. Si el rol fue creado únicamente para asignar participación sin avalúo real, el prorrateo deviene improcedente y configura error de transcripción, copia o cálculo conforme artículo 149 N°3 del Código Tributario. La Le
Se acoge reclamo únicamente por inconsistencia en empleo del rol de bien común 00880-90001 sin avalúo propio verificable. Se ordena al SII modificar catastro y recalcular avalúo prescindir del prorrateo improcedente. Condena en costas a la parte perdidosa.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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