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Tribunal R. Metropolitana. Primero
EMPRESA CONSTRUCTORA GUZMAN Y LARRAIN SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE
Fecha: 2026-02-03 · Materia: Giro
DESISTIMIENTO
Se acepta desistimiento de reclamo tributario contra Sobretasa de Impuesto Territorial interpuesto por Empresa Constructora Guzmán y Larrraín SpA.
Con fecha 13 de marzo de 2021, la Empresa Constructora Guzmán y Larrraín SpA (RUT 88.201.900-4) dedujo reclamo tributario en contra de la Sobretasa de Impuesto Territorial y su giro, notificada el 30 de noviembre de 2020, emitidos por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del SII. Con fecha 16 de enero de 2026, mediante presentación de su abogado representante, la parte reclamante solicitó el desistimiento del reclamo. El SII evacuó traslado sin oponer objeción al desistimiento.
El tribunal analiza el desistimiento conforme a los artículos 148 a 151 del Código de Procedimiento Civil, aplicables a procedimientos tributarios por disposición de los artículos 2 y 148 del Código Tributario. Del tenor literal de las presentaciones se desprende la intención inequívoca de no perseverar en la reclamación tributaria, manifestación de voluntad a la cual no se opone el SII. La actuación administrativa objeto de revisión en sede jurisdiccional es procedente acoger el desistimiento planteado en forma y tiempo oportuno.
Se acepta el desistimiento presentado por la Empresa Constructora Guzmán y Larrraín SpA del reclamo tributario interpuesto contra la Sobretasa de Impuesto Territorial y su giro de 30 de noviembre de 2020. Se omite condenar en costas a las partes.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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