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Tribunal Tarapacá
Sociedad Oriental Service Limitada con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION NACIONAL y otro
Fecha: 2025-05-08 · Materia: Liquidación
PARCIAL
Se acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones de IVA e Impuesto Único por uso de facturas falsas y no fidedignas. Se confirman la mayoría de liquidaciones y se modifican solo algunas por notas de crédito rechazadas.
Sociedad Oriental Service Ltda. reclama liquidaciones N°42 a 90 emitidas por el SII el 2 de febrero de 2023, que determinaron diferencias de IVA y del artículo 21° LIR para períodos 2017-2021. El SII alegó que la empresa utilizó facturas ideológicamente falsas de varios proveedores y facturas no fidedignas. Se probó mediante investigación y sentencia penal condenatoria que el representante de la empresa empleó 279 facturas falsas proporcionadas por contribuyentes personas naturales, incluyendo intermediarios identificados en los proveedores de la reclamante.
El tribunal rechaza argumentos sobre nulidad por falta de fundamento y sobre contradicción en cadenas de IVA. Determina que las facturas de proveedores analizados son ideológicamente falsas o no fidedignas conforme artículo 23° N°5 LIVS. Rechaza presunción de buena fe del artículo 8° N°19 CT por evidente malicia. Desecha nulidad por prescripción ordinaria (artículo 200° CT) al aplicar prescripción extraordinaria de 6 años por declaraciones maliciosamente falsas. Confirma la mayoría de liquidaciones de Impuesto Único del artículo 21° como renta mínima presunta independiente del IVA.
Ha lugar en parte. Se modifican liquidaciones de IVA N°50, 65, 66, 67, 68, 70, 71, 73, 78 y 90 para admitir rebaja de notas de crédito rechazadas. Se confirman las restantes liquidaciones. Sin costas.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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