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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
LIEBHERR CHILE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 29-09-2022 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar Revocatorio
Tribunal rechaza reclamo de Liebherr Chile S.A. contra denegación de devolución de PPM e impuesto de primera categoría por AT 2014, por falta de acreditación de pérdida tributaria y datos en declaración anual.
Liebherr Chile S.A. presentó Declaración de Impuesto a la Renta AT 2014 (Formulario 22 folio 243468964) solicitando devolución de $52.940.467 por Pagos Provisionales Mensuales (PPM), alegando pérdida tributaria de $31.703.858.301. El SII rechazó la devolución mediante Resolución Ex. N°1520067 de 11.12.15 por observaciones A08 (ingresos no coincidentes entre formularios mensuales F29 y declaración anual) y F53 (inconcurrencia a notificación de fiscalización de años anteriores). La contribuyente no concurrió a la citación del SII de 05.06.2014 ni entregó documentación requerida (libros, balances
El Tribunal estableció que corresponde al contribuyente probar conforme artículo 21 del Código Tributario la verdad de sus declaraciones y la naturaleza de operaciones para cálculo de impuesto. La reclamante no acreditó en instancia administrativa la correcta determinación de su pérdida tributaria ni explicó adecuadamente la documentación acompañada. Para que exista obligación de devolver PPM debe haber certeza sobre: (a) correcta determinación de RLI con aumentos y disminuciones, (b) aplicación de tasa de impuesto, (c) determinación del monto, (d) acreditación de PPM pagados, y (e) saldo a fa
Se rechaza el reclamo y se confirma íntegramente la Resolución Ex. N°1520067 de 11.12.15 del SII. Se declara que no hay condena en costas personales por estimarse que la reclamante tuvo motivos para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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