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Tribunal Tarapacá
ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS HIPER LIMITADA con SII DIRECCIÓN REGIONAL IQUIQUE
Fecha: 18-03-2013 · Materia: Resolución
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de devolución de PPUA por $32.407.928 al estimar procedentes gastos de arriendo no reconocidos por el SII, considerando contrato de arrendamiento y documentación aportada en juicio.
Administradora de Supermercados Híper Limitada (sucesora de Supermercado Iquique Ltda.) solicitó devolución de Pago Provisional de Utilidades Absorbidas (PPUA) de $93.633.604 en formulario F-22 del AT 2011, imputando pérdida tributaria de $550.782.729 al Fondo de Utilidades Tributables. El SII rechazó parcialmente la devolución mediante Resolución N° 757 de 9 de mayo de 2012, argumentando que solo $360.151.036 de la pérdida se encontraba acreditada, rechazando gastos por arriendo de inmuebles por $190.151.036 (divididos en $148.498.383 de renta mínima y $42.133.310 de renta variable).
El tribunal analiza los requisitos para deducción de gastos conforme al artículo 31 de la LIR: necesidad, falta de rebaja como costo, pago o adeudo durante el ejercicio, acreditación fehaciente y relación con el giro. Respecto a la renta mínima de arriendo, el tribunal acoge que la modificación contractual de fs. 42 elevó la renta a UF 2.138,89 (no UF 2.130,73 como consideró el SII), y que los desembolsos contabilizados se encuentran respaldados por facturas de SAITEC S.A. (Walmart Chile Inmobiliaria). Respecto a la renta variable, comprueba que la cuenta 421001006 corresponde a gastos por arr
Se acoge el reclamo y se revoca la Resolución N° 757 del SII. Se ordena al Servicio de Impuestos Internos reconocer como procedentes los gastos por $148.498.383 y $42.133.310, determinando un PPUA de $32.407.928 a favor del reclamante, más los intereses y sanciones legales procedentes.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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