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Tribunal Tarapacá
CIA MINERA CERRO COLORADO LTDA con SII DIRECCION REGIONAL IQUIQUE y otro
Fecha: 25-02-2015 · Materia: Resolución · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de minera contra SII por rechazo de gasto de transacción con comunidad indígena, ordenando devolución íntegra de impuestos.
Compañía Minera Cerro Colorado (CMCC) solicitó devolución de USD $37.438.355,63 en su declaración de renta 2013. El SII rechazó parcialmente la devolución mediante Resolución Exenta N° 52 de 28 de abril de 2014, desestimando USD $531.682,53 pagados a la Comunidad Indígena Aymara de Cancosa en concepto de cumplimiento de transacción extrajudicial de 2008. El pago se originó en una inundación de 2001 que afectó el bofedal de Lagunillas, generando procesos administrativos y juicios civiles que terminaron en transacción de 2008 regulando nuevas relaciones y obligaciones recíprocas entre CMCC y la
El tribunal analiza si el pago a la comunidad constituye gasto necesario para producir renta conforme al artículo 21° de la LIR. Examina que la transacción no tiene objeto exclusivamente indemnizatorio sino que regula integralmente relaciones hasta 2030, incluyendo financiamientos para desarrollo, educación, cooperación y pozos. Considera que el SII erró al calificar el desembolso como negligencia evitable del contribuyente, cuando en realidad responde a una transacción válida que permitió a CMCC recuperar estabilidad operacional y derechos de agua sobre el acuífero de Lagunillas. Estima que l
Se acoge el reclamo tributario y se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 52 de 28 de abril de 2014, ordenando al SII aceptar íntegramente la devolución solicitada por CMCC en su declaración anual de impuesto a la renta AT 2013, con condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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