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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
FUSION INMOBILIARIA S.A con XII DRM SANTIAGO CENTRO SII
Fecha: 23-11-2022 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Fusión Inmobiliaria contra reavalúo 2018 de propiedad en calle Moneda N°1158, confirmando que el SII aplicó correctamente la normativa de clasificación y coeficientes de corrección.
Fusión Inmobiliaria S.A. reclamó el reavalúo de un inmueble ubicado en calle Moneda N°1158, Rol de Avalúo N°33-97, comuna de Santiago, efectuado por la XIII DRM Santiago Centro del SII a partir del 01.01.2018. La propiedad, ubicada en Zona Típica Barrio Cívico (Área Homogénea CMA066), fue tasada con valor unitario de terreno de $3.174.318 (UF 119,04 m²), con coeficiente guía y corrector de terreno de 1,00. La reclamante argumentó que el área homogénea asignada no correspondía y que debieron aplicarse correctores por características especiales del inmueble, particularmente por su ubicación en z
El Tribunal analizó la normativa sobre determinación de avalúos fiscales (Ley N°17.235 y Resolución Exenta N°28). Estableció que el procedimiento de reavalúo requiere multiplicar: valor unitario de terreno del área homogénea, metros cuadrados, coeficiente guía y coeficiente corrector de terreno. Concluyó que el SII aplicó correctamente las tablas de clasificación conforme a ley, considerando que el inmueble se clasifica como comercial dentro del área homogénea CMA066 y que las circunstancias alegadas (zona típica, acceso mediante servidumbre) no constituyen causales válidas de reclamo según ar
Se rechaza el reclamo deducido contra el reavalúo del inmueble ubicado en calle Moneda N°1158, Rol de Avalúo N°33-97, vigente desde 01.01.2018. Se confirma en todo lo obrado por el SII. No se condena en costas a la reclamante por tener motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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