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Tribunal de Coquimbo
GUTIÉRREZ OLIVARES con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL LA SERENA
Fecha: 07-03-2023 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz agrícola · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de contribuyente por modificación de avalúo que cambió vigencia de destinación agrícola a 2022, cuando pretendía desde 2020, por haberse dejado firme resolución anterior de 2020 que cambió serie a no agrícola sin reclamación oportuna.
Contribuyente Javier Alberto Gutiérrez Olivares reclama por modificación individual de avalúo del bien raíz Rol 168-22 de La Serena. El SII cambió en 2020 la serie de agrícola a no agrícola (sitio eriazo). Posteriormente, en 2022, el SII acogió solicitud del contribuyente reestableciendo destino agrícola con vigencia desde 01.01.2022. El contribuyente solicita que tal vigencia sea desde 01.01.2020, argumentando que el predio nunca perdió aptitud agrícola, aunque sufrió sequía que afectó explotación.
El tribunal analiza que la Resolución Ex. N° A04.06.00004172 de 28.04.2020 que cambió la serie a no agrícola quedó firme al no ser reclamada oportunamente. Por tanto, conforme a reglas de vigencia de la Ley 17.235, cualquier modificación posterior debe sujetarse a esas normas. No es procedente revivir plazos de reclamo contra resolución que quedó firme mediante nuevas solicitudes administrativas que solo pueden alterar hacia futuro la clasificación. El respeto a plazos de orden público para reclamar no puede ser alterado de la forma pretendida. La clasificación temporal en serie no agrícola es
Se rechaza el reclamo. No se condena en costas por haber tenido motivo plausible para litigar. Se notifica mediante publicación en sitio web del tribunal.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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