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Tribunal de Coquimbo
ESCUELA EQUITACION ELQUI LIMITADA con SII-DIRECCIÓN REGIONAL LA SERENA
Fecha: 27-12-2012 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz agrícola
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza clasificación agrícola de predio de escuela de equitación y mantiene serie no agrícola, pero acoge parcialmente reclamo sobre calidad de construcciones y correctores de avalúo.
Escuela de Equitación Elqui Limitada reclama contra Resolución A04/008.2012 del SII que cambió la Parcela 5 de El Rosario, La Serena (ROL 1021-201) de primera serie agrícola a segunda serie no agrícola. Propietario argumenta que predio tiene prohibición de cambiar uso agrícola, que actividad principal es crianza y adiestramiento de caballos (20 ejemplares) e instrucción en equitación, no comercio. Cuestiona avalúo de $195.363.382, deuda de contribuciones y solicita aplicación de correctores por distancia y línea de alta tensión. SII sostiene que inspección constató cambio de destinación a acti
Tribunal analiza que actividad de mantención y adiestramiento de caballos para equitación constituye actividad recreativa-educativa, no pecuaria de crianza y explotación de ganado. Conforme DS 1.139/1990, actividad pecuaria requiere reproducción, crianza y engorda de animales; el adiestramiento de caballos para equitación no califica. Mantiene clasificación no agrícola. Acoge parcialmente peticiones accesorias: pesebreras (líneas 2 y 3) deben ser calidad 5 (muy baja), construcción línea 6 debe considerarse año 1996, debe aplicarse corrector por línea de alta tensión. Rechaza corrector por dist
Rechaza cambio a serie agrícola y mantiene clasificación en segunda serie no agrícola. Acoge parcialmente: reasigna calidad 5 a pesebreras, corrige año edificación línea 6 a 1996, incluye corrector por línea alta tensión. Modifica avalúo en consecuencia. No condena en costas por no vencimiento total.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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