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Tribunal R. Metropolitana. Primero
JAUDE JARUFE con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO NORTE
Fecha: 31-03-2023 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidaciones por devoluciones indebidas de crédito por Impuesto de Primera Categoría obtenidas mediante declaración de dividendos inexistentes de sociedad en que contribuyente no acreditó participación real.
Contribuyente Lucy Jadue Jarufe declaró en AT 2016 y 2017 dividendos recibidos de Inmobiliaria Majegui S.A., solicitando devolución de créditos por Impuesto de Primera Categoría. SII detectó maniobra fraudulenta donde 66 personas fueron incorporadas como accionistas ficticios para obtener devoluciones indebidas. Contribuyente fue citada para acreditar su participación accionaria y percepción efectiva de dividendos, no acompañando antecedentes solicitados. SII emitió liquidaciones N°774 y 775 exigiendo reintegro de devoluciones obtenidas indebidamente.
Tribunal determina que prescripción extraordinaria de 6 años es aplicable por tratarse de declaraciones maliciosamente falsas según artículo 200 inciso 2° del Código Tributario. Contribuyente no acreditó capacidad económica para adquirir acciones ni efectividad de participación societaria. Existe desproporción entre precio de acciones y dividendos declarados. Liquidaciones cumplen requisitos de fundamentación conforme Ley 19.880, conteniendo motivación fáctica y jurídica suficiente. Contribuyente no desvirtuó presunción de legalidad del acto administrativo ni aportó pruebas en sede judicial. A
Rechaza reclamo en todas sus partes y mantiene Liquidaciones N°774 y 775 de 26.11.2021 emitidas por Dirección Regional Santiago Norte del SII. Condena en costas a reclamante por carecer de fundamento plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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