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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO SUR con CONTRERAS HERRERA Y SERRA SPA
Fecha: 31-05-2023 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza denuncia del SII contra empresa por uso de facturas falsas para incrementar crédito fiscal, por insuficiencia probatoria de dolo y participación culpable.
El SII denunció a Contreras, Herrera y Serra SpA por infracción al artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario, alegando que entre noviembre 2017 y agosto 2018 la empresa utilizó 12 facturas electrónicas ideológicamente falsas emitidas por Comercializadora RCD Karin Hormazábal E.I.R.L. para incrementar indebidamente su crédito fiscal por IVA en $8.828.976. El representante legal declaró haber pagado en efectivo sin recordar a personas de la proveedora. El SII acumuló antecedentes basados en investigación de la emisora de facturas falsas que operó con 17 clientes.
El tribunal aplicó sana crítica para evaluar la prueba. Reconoció que aunque el SII realizó investigación acuciosa, sus propios informes internos (Informes Legales N°3 y N°8 de 2020) concluyeron que la prueba reunida es de baja calidad, no acreditaba fehacientemente la falsedad de documentos ni la inexistencia de operaciones, ni se logró acreditar dolo de los partícipes. El mismo denunciante admitió carencia de pruebas suficientes para acreditar existencia del delito y participación culpable. Sin prueba que acredite conducta maliciosa, fraude reiterado, falsedad de facturas e inexistencia de o
Se rechaza el Acta de Denuncia N°11 de fecha 24 de julio de 2022 en contra de Contreras, Herrera y Serra SpA por infracción al artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario. Se absuelve de sanción a la empresa. Cada parte paga sus propias costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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