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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
INVERSIONES LAGO CRISTAL S.A y otro con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 30-06-2023 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Inversiones Lago Cristal S.A. contra negativa del SII de devolver $48.708.313 por Pagos Provisionales de Utilidades Absorbidas, por insuficiente acreditación de pérdida tributaria y su régimen aplicable.
Inversiones Lago Cristal S.A. solicitó devolución de $48.708.313 por PPUA para el año tributario 2016 mediante formulario 22. El SII rechazó la solicitud por no acreditación de pérdida tributaria, específicamente una pérdida en venta de acciones de Forestal Vigo S.A. por $537.772.383 (98% de gastos). La empresa vendió dichas acciones el 22.05.2015 a personas naturales relacionadas. El SII cuestionó: falta de citación previa, fundamentación insuficiente, precio de venta no acreditado y aplicación del régimen tributario.
El tribunal constató que la empresa adquirió las acciones el 12.08.2009 y las vendió el 22.05.2015, transcurriendo casi seis años (no uno como requiere ley para habitualidad en régimen general). Respecto a relación entre partes, aunque existía vínculo entre adquirentes y sociedad cuyas acciones se vendían, no consta participación accionaria de Lago Cristal ni interés patrimonial directo con los compradores. En habitualidad, sin evidencia de otras enajenaciones de acciones en período similar ni prueba de necesidad del desprendimiento más allá de dichos en junta de accionistas. El precio de vent
Se rechaza íntegramente el reclamo y se confirma la Resolución Exenta N°853 de 20.04.2017 del SII. No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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