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Tribunal R. Metropolitana. Primero
PAN con XIII SII DRM STGO CENTRO
Fecha: 30-06-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidaciones tributarias fundadas en facturas ideológicamente falsas emitidas por casa de cambio a contribuyente que nunca realizó operaciones de compraventa de moneda extranjera.
El SII emitió Liquidaciones N°895 y 896 (30.07.2019) contra HAIQIU PAN por tributos no declarados, fundándose en facturas emitidas por SAVING TRANSFER SERVICIOS FINANCIEROS LIMITADA por supuestas compras de dólares por $226.637.110. La contribuyente no comparecía a verificar el origen de fondos. Posteriormente denunció que las facturas eran ideológicamente falsas, que nunca realizó esas operaciones y que fue víctima de delito de falsificación documental. El SII interpuso querella contra la casa de cambio por emisión de facturas falsas a otros ciudadanos chinos.
El tribunal analizó el artículo 70 de la LIR que presume renta cuando no se acredita origen de gastos/inversiones. Determinó que se trata de presunción simplemente legal, admitiendo prueba en contrario. Concluyó que la prueba rendida por SII resulta insuficiente para acreditar la efectividad de las operaciones, puesto que existen suficientes antecedentes que permiten tener por acreditada la falsedad ideológica de las facturas. Sin operaciones reales, no recae sobre el contribuyente obligación de acreditar origen de fondos en transacciones inexistentes. Las liquidaciones carecen de causa y fund
Se acoge el reclamo tributario interpuesto por HAIQIU PAN. Se dejan sin efecto en todas sus partes las Liquidaciones N°895 y 896 emitidas el 30.07.2019 por la Dirección Metropolitana Santiago Centro del SII. No se condena en costas a la parte vencida.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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