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Tribunal Atacama
VENEGAS VIDAL con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL COPIAPO
Fecha: 05-10-2023 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: María Luisa Lobo Guiñez
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo por falta de motivación en reavalúo fiscal de propiedad no agrícola. El tribunal nulifica el aumento del valor del metro cuadrado del área homogénea por incumplimiento de deber de fundamentación del SII.
Rodrigo Venegas Vidal reclama contra reavalúo de propiedad rol 576-56 en Copiapó, vigente 2022-2025. El avalúo aumentó de $107.488.506 a $163.294.415 (52%) entre 31 diciembre 2021 y 1 enero 2022. El valor del metro cuadrado del área homogénea HMB108 se fijó en $231.820, comparado con $127.997 en reavalúo anterior. El reclamante alega falta de motivación, arbitrariedad, desigualdad respecto otras áreas homogéneas y no consideración de daños por aluvión 2015.
El tribunal establece que todo acto administrativo debe estar debidamente fundado, indicando precisión en las razones que lo motivan, conforme artículos 8 bis y 41 Ley 19.880. El SII no explicó la metodología aritmética ni los fundamentos fácticos y jurídicos para el aumento del 52% en el avalúo. Aunque el reavalúo fue general para todos los bienes no agrícoles, la obligación de fundamentación persiste. La falta de explicación sobre obras públicas o mejoras que justificasen el incremento del metro cuadrado, junto a la ausencia de exposición de la metodología de cálculo en la etapa administrati
Se acoge el reclamo de nulidad. Se deja sin efecto la fijación del valor del metro cuadrado efectuado en el reavalúo 2022-2025 para el Área Homogénea HMB108 en lo que respecta a la propiedad rol 576-56, debiendo considerarse el valor determinado en el reavalúo anterior vigente al 31 diciembre 2021. No se condena en costas por haber tenido motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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