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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
CISTERNAS ELGUETA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 14-12-2023 · Materia: Liquidación
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación de Impuesto Global Complementario por retiros no declarados en códigos 104 y 105 del Formulario 22, confirmando agregado de $100.500.000 a base imponible.
Jaime Cisternas Elgueta fue notificado de Liquidación N°415000000139 de mayo 2017 por diferencias de Impuesto Global Complementario AT 2014 por $25.323.698 (con recargos $44.396.026). El SII, mediante Citación N°144517948 de noviembre 2016, observó que retiros y/o dividendos informados por sociedades en que participa no estarían totalmente declarados en códigos 104 y 105 del Formulario 22. Al no responder la citación, el SII agregó $100.500.000 a la base imponible. Los retiros provenían de Asesorías e Inversiones Las Dichas Limitada, informados mediante DDJJ N°1886. El reclamante alegó que com
El Tribunal estimó que el presupuesto de la observación era que los retiros no estarían totalmente declarados, no que no fueron declarados. El reclamante no acreditó ni en sede administrativa ni judicial que los retiros estaban totalmente declarados, ni demostró cumplimiento de requisitos para postergar tributación conforme artículo 14 letra A Nº1 c) de la Ley de Impuesto a la Renta. La prueba aportada (Formulario 22, balance, certificado de la sociedad) resultó insuficiente sin análisis pormenorizado que desvirtúe la observación. El Tribunal concluyó que es responsabilidad del contribuyente a
Se rechaza el reclamo. Se confirma íntegramente la Liquidación N°415000000139 de 16.05.2017. Se giran los impuestos correspondientes. No se condena al reclamante por costas por estimar el Tribunal que ha tenido motivos para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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