Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal R. Metropolitana. Tercero
CRUZAT LIZAMA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 26-03-2024 · Materia: Liquidación · Juez: Álvaro Ernesto Gómez Fuentes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación por uso improcedente de crédito por contribuciones de bienes raíces, al no acreditarse la calidad de propietario del inmueble arrendado durante el año comercial 2013.
El contribuyente declaró ingresos por arriendo de local comercial en AT 2014 y rebajó crédito por contribuciones de bienes raíces por $510.063. El SII citó mediante citación N°144520542 solicitando acreditar la procedencia del crédito. El contribuyente no respondió la citación administrativa. Se emitió Liquidación N°801 por diferencias de Impuesto de Primera Categoría por $520.774. El reclamante alegó ser propietario del local desde 1989 y haber arrendado desde 2003, pero solo acompañó copia simple de escritura de compraventa sin certificado de dominio vigente.
El Tribunal estableció que para usar el crédito por contribuciones de bienes raíces se requieren requisitos copulativos: ser propietario o usufructuario, que las contribuciones correspondan al período declarado, estar pagadas al presentar la declaración, y destinarse al giro. Conforme al artículo 21 del Código Tributario, corresponde al contribuyente probar sus alegaciones. El reclamante no acreditó ser propietario del inmueble durante el año comercial 2013, presentando solo copia simple sin legalizar ni certificado de dominio vigente. Tampoco aportó comprobantes de arriendo ni análisis de rea
No ha lugar al reclamo. Se confirma íntegramente la Liquidación N°801 de fecha 28.07.2017. Se ordena girar los impuestos correspondientes. Sin condena en costas por motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.